Capital Humano rechazó el recurso presentado por Cristina Kirchner para continuar cobrando dos asignaciones vitalicias
El Ministerio de Capital Humano, a través de la ANSES, rechazó el recurso presentado por Cristina Fernández de Kirchner, en el que solicitaba la nulidad de la resolución del organismo que dio de baja las asignaciones mensuales vitalicias de privilegio que percibía simultáneamente como expresidente de la Nación y viuda de un expresidente, en virtud de contar con una sentencia definitiva por la comisión de un delito contra la administración pública.
En el recurso presentado, Fernández de Kirchner sostuvo que ANSES carecía de facultades para revocar las asignaciones de privilegio que percibía, que la decisión fue arbitraria y que se vulneraron sus derechos. Sin embargo, la resolución desestimó estos argumentos, demostrando que el organismo tiene la facultad de suspender, modificar o revocar resoluciones que otorguen beneficios, si se considera que fueron otorgados de manera ilegítima, por lo que la decisión no puede considerarse arbitraria, y el debido proceso quedó garantizado con la misma presentación recursiva que ANSES rechazó.
Esta decisión constituye una aplicación rigurosa de la ley, ante la que todos los ciudadanos nos encontramos en pie de igualdad y un mensaje claro de que nadie está por encima de ella. Las asignaciones especiales para expresidentes son un privilegio, no un derecho adquirido ni alimentario. Constituyen un reconocimiento de la ciudadanía para quien, con honor y vocación de servicio, ha cumplido con las responsabilidades propias de la primera magistratura o de la vicepresidencia de la Nación. Sin embargo, cuando un exmandatario es condenado por delitos que atentan contra el interés público, como el caso de Cristina Fernández de Kirchner, condenada por delitos contra la administración pública cometidos en ocasión del ejercicio de su función, se pierde el presupuesto honorífico y de mérito que tales asignaciones exigen para su goce.
Esta resolución marca un hito en la interpretación restrictiva del otorgamiento y disfrute de estos privilegios otorgados a ex mandatarios y sus vicepresidentes, estableciendo que su percepción está sujeta, no solo al ejercicio del cargo, sino también a una decorosa y honrosa conducta, mantenida durante el cumplimiento del mismo. De tal modo, ANSES sienta así un precedente clave a considerarse respecto de la relación entre corrupción, responsabilidad política y acceso a beneficios estatales.